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Lima, 07 de febrero del 2025
César Hildebrandt
Director del Semanario Hildebrandt en sus trece
Jr. Independencia 208 Of. 402 – Miraflores – Lima
Me dirijo a ustedes, en mi calidad de abogado y vocero de la Asociación Civil San Juan Bautista (en adelante, la ACSJB), con el fin de expresar la profunda preocupación generada por las inexactitudes difundidas en la noticia publicada el 07/02/2025 en su portal web titulada “Con el sudor de la afrenta” de autoría del periodista Eloy Marchán.
La noticia en cuestión contiene afirmaciones inexactas y otras directamente contrarias a la verdad con respecto a la ACSJB, tal como se pone en evidencia a continuación:
Respuesta:
Esta afirmación es falsa. La ACSJB es una entidad que no tiene fines de lucro, cuenta con plena autonomía, órganos de decisión debidamente constituidos y no tiene vinculo jurídico con el Sodalicio, ni está sometido a su control. Conforme a sus fines y a las leyes peruanas, los excedentes de sus actividades funerarias están destinados a sostener las obras pastorales y vocacionales de instituciones de la Iglesia u otros con fines congruentes con el espíritu de caridad cristiana, pudiendo para este fin otorgar donaciones.
ACSJB es propietaria de todos los cementerios Parque del Recuerdo y solo guarda con el Sodalicio una relación de cooperación (como con cualquier otra entidad no lucrativa o eclesial con fines similares) basado en la identidad cristiana, los principios inspiradores y los propósitos comunes a sus asociados y a dicha institución eclesial, no existiendo, como indicamos líneas arriba, un vínculo jurídico entre ambas. De hecho, muchos de sus asociados y sus actuales representantes ni siquiera son miembros del Sodalicio.
Respuesta:
ACSJB desarrolló en su momento (con otros socios a través de un acuerdo de Asociación y Participación) un proyecto inmobiliario denominado “Miraflores Country Club” en Piura, siendo que todos los ingresos derivados del proyecto a favor de ACSJB fueron usados por este último para sus fines no lucrativos en el Perú.
Aquellas partidas registrales que pueden ser apreciadas a través del sistema de registros públicos corresponden a la Habilitación Urbana de dicho proyecto, modalidad que genera las partidas registrales necesarias según el proyecto para su venta a terceros; no es que se trate de más de 50 inmuebles que, como se quiere suspicazmente inferir, le corresponden exclusivamente a la ACSJB.
Muchos de dichos lotes provenientes de la Habilitación Urbana ya se encuentran vendidos a familias que han podido cumplir con su deseo de tener vivienda propia, siendo que constantemente viene siendo actualizado el sistema de Registros Públicos a efectos que los lotes adquiridos se encuentren a nombre de cada tercero adquirente.
Cabe precisar que esta operación inmobiliaria inició el año 2010 y culminó en diciembre de 2018, habiéndose destinado, insistimos, todos los ingresos a los fines no lucrativos de la ACSJB en el Perú.
Respuesta:
Es falso indicar que los sodalites han puesto en buen recaudo muchas de las propiedades que tenían vía la ACSJB y mucho menos que existen triangulaciones. Al respecto, el Sodalicio no ha sido, ni es dueño de la ACSJB, ni ha ejercido el control sobre dicha institución, tal y como lo indicamos anteriormente. ACSJB es una entidad completamente autónoma jurídica y económicamente. Lo único que ha existido es una relación de cooperación mutua.
La escisión parcial del patrimonio de ACSJB a la Asociación para el Desarrollo Urbano y Social – ADEUS no ha sido realizada como consecuencia de algún tipo de disputa con comuneros de Catacaos, ni proveniente de algún tipo de litigio. Esta reorganización ordinaria, cuya información se encuentra inscrita en los Registros Públicos, tiene un sustento
estrictamente económico por temas coyunturales en las operaciones inmobiliarias de Piura durante el año 2018, decidiéndose así el 2019 escindir el
bloque compuesto por activos y pasivos correspondientes al proyecto “Miraflores Country Club” ubicado en Castilla (Piura) a ADEUS para que así la ACSJB pueda concentrarse en el desarrollo de la actividad de los cementerios. Un mínimo conocimiento geográfico evidencia que esta escisión patrimonial no tiene nada que ver con Catacaos.
Respuesta:
Al respecto, la ACSJB adquirió efectivamente un predio en la ciudad de Piura con fines inmobiliarios, el cual fue escindido a ADEUS como consecuencia de la operación indicada en el punto 5 anterior a efectos de centrarse en su operación de cementerios. ADEUS, como titular del predio, decidió disponer del mismo a la Asociación para Vocaciones y Vida Apostólica – AVVA con una carga, en la cual dispuso que el predio sea usado por AVVA para fines eclesiales, cosa que es congruente con el objeto de esta última asociación. Tanto ACSJB, ADEUS y AVVA cuentan con fines similares, y no existe limitación en este tipo de operaciones de apoyo para la consecución de sus fines respectivamente.
Respuesta:
Con la finalidad de desarrollar nuevos cementerios en el Perú, ACSJB contrató los servicios de ACRES Sociedad Titulizadora (entidad independiente y supervisada por la Superintendencia del Mercado de Valores) para que ayude a recaudar fondos de terceros y para este fin era necesario la creación de un fideicomiso con un alto estándar de compliance. Creado el Fideicomiso, la ACSJB ha procedido a aportar sus cementerios, siguiendo los procedimientos legales y sin existir ninguna imposibilidad económica o jurídica para hacerlo. El fideicomiso es administrado por ACRES, quien no tiene ningún derecho de propiedad sobre los cementerios. Acres es una fiduciaria cuya labor es administrar el patrimonio que forma parte del fideicomiso. Ello no la convierte ni en propietaria, titular o beneficiaria de los activos que ACSJB ha aportado.
Cabe resaltar que el mercado peruano cuenta con varias compañías dedicadas a brindar soluciones relacionadas a los negocios fiduciarios y el mercado de capitales, siendo Acres una más de ellas.
Por lo antes indicado, solicitamos que procedan con mayor objetividad en la elaboración de sus artículos periodísticos y se tomen las medidas correspondientes para que se respete nuestro derecho a réplica, amparado en la Constitución Política del Perú. El Sr. Marchán se puso efectivamente en contacto conmigo, por lo que procedí a hacerle de conocimiento toda la información que está en nuestra página web y que, al parecer, no ha sido revisada, pues, de haberlo hecho, no se habrían dicho muchas de las medias verdades antes descritas. Además, me ofrecí expresamente para absolver cualquier dato concreto para la elaboración del informe, sin recibir ningún pedido de información concreta. En ese sentido, exigimos la publicación en su Portal de la presente carta, como una medida necesaria para reparar el daño ocasionado por informaciones inexactas y falsas.
Percy García Cavero
Abogado y vocero de la Asociación Civil San Juan Bautista
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